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Los ciudadanos disponen desde hoy de un nuevo sistema para evitar recibir comunicaciones comerciales no deseadas

Pedro | 30 junio 2009

A continuación transcribo noticia de FECEMD, dejando para otro día su comentarío, ya que preveo que dará que hablar:

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD) han presentado hoy en Madrid un servicio de Lista Robinson que permitirá a los ciudadanos inscribirse para evitar recibir comunicaciones comerciales no deseadas, de empresas con las que no mantengan o no hayan mantenido algún tipo de relación.

Se trata de un fichero de exclusión publicitaria en el que los interesados que se inscriban podrán seleccionar por sí mismos el medio o medios a través de los cuales no quieran recibir publicidad – correo postal, llamadas telefónicas, correo electrónico, sms o mms- de las entidades que para el desarrollo de las campañas publicitarias empleen datos personales que obtenidos de fuentes públicas (como guías telefónicas) o bases de datos de las que no sean responsables.

Asimismo, el servicio permitirá adicionalmente al ciudadano seleccionar entidades con las que ha mantenido o mantiene una relación contractual para manifestar su negativa a recibir publicidad telefónica, uno de los canales más utilizados en la actualidad para la realización de acciones publicitarias. A raíz de una petición expresa de la AEPD, la FECEMD ha habilitado en www.listarobinson.es un espacio dirigido a los ciudadanos, a través del cual se podrán poner en contacto con las entidades que sean usuarias del servicio de FECEMD con las que han mantenido o mantienen en la actualidad algún tipo de relación, y de las que no desean recibir comunicaciones comerciales por vía telefónica, para que éstas se pongan en contacto el solicitante con el objeto de atender su solicitud.

Regulación de las listas Robinson

El Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos, aprobado en diciembre de 2007, incorporó mecanismos para que los ciudadanos pudieran disponer de instrumentos eficaces para evitar la publicidad no deseada. Entre ellos establece la posibilidad de crear los denominados “ficheros de exclusión”, en los que cualquier persona pudiera inscribirse para evitar recibir publicidad no deseada. También recoge el citado Reglamento la obligatoriedad de consultarlos a todos aquellos anunciantes (empresas, instituciones y otras entidades) que realicen campañas publicitarias por correo postal, correo electrónico, llamadas telefónicas, sms, mms o cualquier otro medio de comunicación electrónica equivalente, y para cuyo desarrollo utilicen datos personales que figuren en fuentes públicas o ficheros de los que no sean responsables.

Valoración de la AEPD

Según ha explicado el director de la AEPD uno de los principales motivos de consulta y preocupación que los ciudadanos trasladan a la AEPD es cómo evitar la recepción de publicidad, fundamentalmente telefónica, bien a través de llamadas o de la recepción de mensajes SMS. Además, ha recordado que el plan sectorial realizado el pasado año sobre publicidad telefónica, puso de manifiesto la existencia de importantes deficiencias en los mecanismos con los que cuenta el ciudadano para hacer frente a la publicidad no deseada.

Por ello, ha destacado que la Agencia, en el marco de la relación fluida que mantiene con FECEMD, ha compartido la iniciativa de impulsar un Fichero de Autoexclusión para que pueda ser un instrumento eficaz y actualizar y ampliar el Servicio de Lista Robinson, como instrumento que facilite la aplicación del Reglamento. En opinión de Rallo, el resultado final del servicio elaborado por la FECEMD merece una valoración positiva, “que se confirmará con el uso que los ciudadanos y las empresas hagan de la nueva herramienta”.

Por su parte, Elena Gómez, presidenta de FECEMD, ha recordado que la organización a la que representa ya se anticipó a esta normativa, con la creación de la Lista Robinson hace más de 12 años dentro de un Código propio de Autorregulación. A este respecto, ha precisado que “entonces, las comunicaciones comerciales de este tipo se realizaban casi exclusivamente por correo postal, por lo que la Lista se dirigía a restringir la publicidad no deseada que recibían los ciudadanos a través de este canal de comunicación”.

Inscripción de los ciudadanos en la Lista Robinson

Cualquier persona que lo desee puede inscribirse gratuitamente en el servicio de Lista Robinson a través de la pagina Web www.listarobinson.es. En el caso de los menores de 14 años será necesario que lo realicen sus padres o tutores, mientras que si se trata de persona incapacitadas deberán hacerlo sus representantes legales.

El proceso de inscripción es sencillo y ágil. Requiere un primer paso en el que por motivos de seguridad se identifica al usuario y se le proporciona una contraseña, y un segundo paso en el cual los ciudadanos pueden elegir el medio o los medios (telefónicas, sms, mms y correos electrónicos) a través de los cuales no desean recibir publicidad de forma que puedan gestionar la publicidad que reciben. Puesto que los ciudadanos pueden recibir publicidad con distintos nombres, se ofrece a los usuarios varias opciones para registrarse, ya que para que el servicio sea efectivo, es necesario que la información facilitada por ellos mismos coincida con la tratada por las entidades usuarias para el desarrollo de la campaña publicitaria.

Con la finalidad de evitar posibles alteraciones en la información facilitada por los interesados, el proceso de inscripción se realiza exclusivamente vía Web de forma que los datos que se incluyan en la Lista Robinsón únicamente serán los facilitados por los ciudadanos sin que pueda existir riesgo de modificaciones.

Para la correcta prestación del servicio, los usuarios deberán facilitar una dirección de correo electrónico a través de la cual FECEMD se podrá poner en contacto con los mismos.

Debido a que es posible que los datos de los ciudadanos hayan sido utilizados por alguna entidad antes del momento en el que se realizó la solicitud de inscripción y a que la publicidad, según el medio de comunicación empleado, puede demorarse en llegar a su destino, la inscripción será efectiva en el plazo de tres meses desde el día siguiente al que se realiza.

En cualquier caso, la Lista Robinson, es un instrumento complementario, que no sustituye a los derechos que tienen los ciudadanos reconocidos legalmente en la normativas de protección de datos y de telecomunicaciones. Estas normativas otorgan, a los ciudadanos, por una parte, la facultad de oponerse a la recepción de comunicaciones comerciales, y por otra, la posibilidad de no figurar en las guías telefónicas, o que en el caso de aparecer, que sus datos no sean utilizados para la realización de llamadas con fines comerciales, entre otras facultades.

Obligación de consulta de la Lista Robinson

Deben consultar los Ficheros de Exclusión, todas aquellas empresas, instituciones, entidades, etc., y en general, cualquier anunciante que realice por correo postal, por correo electrónico, a través de llamadas telefónicas, sms o mms campañas publicitarias para cuyo desarrollo utilice datos que figuren en fuentes accesibles al público o en bases de datos de las que ellos no sean responsables, con la finalidad de evitar que sean objeto de tratamiento los datos de los interesados que se hubiesen inscrito.

Son fuentes accesibles al público únicamente las definidas como tales en la Ley Orgánica de Protección de Datos, tales como los repertorios telefónicos o las guías de servicios de comunicaciones electrónicas, el censo promocional, las listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales, los diarios y boletines oficiales y los medios de comunicación social.

Pueden tener acceso a la información que contiene el fichero de Lista Robinson de forma gratuita o de pago, los responsables de los ficheros, los anunciantes y las entidades prestadores de servicios de tratamiento de datos. En la modalidad de acceso gratuito podrán realizar hasta 100 búsquedas de forma individualizada por interesado.

En la modalidad de pago podrán acceder a una suscripción anual o a una suscripción por descarga. En la suscripción anual tendrán acceso al fichero de Lista Robinson tantas veces como lo deseen durante un año y en la suscripción por descarga única podrán descargarse la Lista Robinson una vez. Las entidades asociadas a FECEMD tendrán acceso gratuito a la suscripción anual.

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Noticia, Protección de datos
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fuente accesible al público, lista robisson

Libro Blanco de Comercio Electrónico

Pedro | 30 junio 2009

El pasado dia 22 de junio AECEM, Asociación Española de Comercio Electrónico y Marketing Relacional, con el apoyo de Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de fondos del Plan Avanza, presentó el “Libro Blanco del Comercio Electrónico”.

Esta publicación es un manual práctico de utilidad para quienes estén o quieran estar presentes en Internet vendiendo sus productos o servicios y convertir el canal on-line en una vía de desarrollo y fuente de beneficio.

El manual presenta estadísticas, análisis y proyecciones, así como referencias y herramientas de utilidad para cualquier empresa que esté o quiera estar presente en comercio electrónico. En él se pueden encontrar, además, la visión de profesionales del sector que han vivido y viven de forma directa y personal los éxitos y dificultades de la venta on-line en todas sus facetas.

Pinche aquí para descargar libro

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Comercio electrónico, Libro
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aecem, libro blanco

Jornada monográfica sobre Novedades normativas en Protección de Datos y Seguridad Informática

Pedro | 30 junio 2009

Guadalquivir de Comercio Exterior y Level Center, en colaboración con la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico (ANDCE), han organizado la jornada “Novedades Normativas en la LOPD y Seguridad Informática”.

Este evento pretende aportar conocimientos novedosos que contribuyan a ofrecer una visión práctica en la adecuación al cumplimiento de la LOPD por las empresas, en el que se realizará un análisis de los requisitos que establece tanto la LOPD como su Reglamento de aplicación, que además, se complementa con un análisis de las medidas de seguridad informática que han de cumplir los ficheros que contienen datos de carácter personal.

La sesión se complementará con la demostración de la empresa informática MTC SOFT y su aplicación informática Archiva Tech, que contribuye a una adecuada gestión documental de la empresa así como de su seguridad informática.

Programa de la jornada:

  • 16:45 h. Entrega de documentación
  • 17:00 h. Apertura
  • 17:15 h. Aspectos normativos y aspectos legales

Ponente: Pedro Rodríguez López de Lemus, Abogado especialista en Protección de Datos y Presidente de la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico (ANDCE)

  • 18:30 h. Pausa Café
  • 19:00 h. Medidas que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal.

Ponente: Bartolomé Borrego Zabala, Vocal Responsable de la División de Nuevas Tecnologías, Delegación Especial de la AEAT en Andalucía, Ceuta y Melilla

  • 20:15 h. Aplicaciones informáticas para la Seguridad Informática.

Ponente: Fernando Moreno-Torres Camy, Director Gerente de MTC Soft.

  • 20:45 h. Coloquio y clausura

(descargar programa completo)

Datos de celebración:

  • Fecha y hora: Jueves, 9 de julio de 2009, a las 16:45 h.
  • Lugar de celebración: Club Antares, C/ Genaro Parladé, 7. 41013-Sevilla

Ver mapa

Precio:

La cuota de inscripción es de 60,00 €, pero se concede un descuentos del 50% a los asociados de ANDCE y AENTA.

Más información e inscripción:

  • Tfno: 954 53 26 02
  • Inscripción: descargar ficha inscripción
  • Página oficial: Jornadas Monograficas 2009

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Curso, Protección de datos
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Antares, lopd

La CMT lanza una consulta sobre la regulación del WI-FI prestado por Administraciones Públicas

Pedro | 26 junio 2009

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha lanzado una consulta pública para recabar la opinión de los agentes interesados sobre cómo debería ser la regulación de las redes wi-fi prestadas por Administraciones Públicas (AAPP).

En el marco de esta consulta, la CMT contempla la posible modificación del Reglamento de Prestación de Servicios (Real Decreto 424/2005) para eliminar la limitación temporal del wi-fi público gratuito. De esta forma, la CMT dispondría de mayor margen para ajustar sus decisiones regulatorias a las distintas circunstancias.

La extensión cada vez mayor de redes wi-fi prestadas por AAPP plantea la necesidad de “clarificar los escenarios en los que se desenvuelven sus actuaciones” para que no sólo no desincentiven la inversión privada, ni supongan una competencia desleal, sino que sirvan para promover la entrada de nuevos usuarios.

Según explica la CMT en el texto de la consulta, “la vigente regulación de la actividad de las Administraciones Públicas (AAPP) en el ámbito de las telecomunicaciones no resulta la más adecuada en el actual marco de competencia, por lo que podría resultar conveniente plantear la introducción de algún cambio normativo que facilite una más rápida adaptación a la evolución del mercado”.

En la actualidad, el Reglamento de Prestación de Servicios establece que las AAPP deberán dar servicios de telecomunicaciones, como la banda ancha a través de redes wi-fi, a cambio de una contra-prestación económica. El Reglamento incluye una excepción para las “entidades locales” que quieran dar el servicio gratuitamente de forma “transitoria” y sujeta a las condiciones específicas que determine la CMT.

A parte de flexibilizar la restricción temporal del servicio gratuito, la CMT también consulta sobre la posibilidad de modificar la alusión a las entidades locales extendiéndola a todas las AAPP.

El texto de la consulta pública se puede consultar en la web de la CMT y los interesados tienen un mes para presentar sus respuestas. Las cuestiones que se plantean son:

  1. ¿A qué tipos de redes o servicios y de qué manera considera que afecta la realización de actividades de comunicaciones electrónicas soportadas sobre redes inalámbricas por las Administraciones Públicas?
  2. ¿Considera que la prestación de los servicios de banda ancha mediante tecnología wi-fi a precios inferiores a los costes de prestación siempre distorsiona la competencia?
  3. En caso de que su respuesta sea afirmativa, ¿qué funcionalidades de las conexiones considera relevantes para limitar potenciales efectos sobre la competencia?
  4. ¿Qué limites impondría a esas funcionalidades para minimizar/eliminar dichos efectos?
  5. En concreto, ¿considera que las restricciones propuestas respecto de la velocidad máxima de acceso son suficientes para garantizar que haya competencia?
  6. ¿Considera adecuadas el resto de las limitaciones (acceso a contenidos, limitaciones horarias, etc.) para permitir el desarrollo de un mercado en competencia?
  7. ¿Añadiría algún otro requisito para proteger o favorecer el mercado de servicios de banda ancha?
  8. ¿Qué otras condiciones podrían exigirse a las AAPP en el desarrollo de su actividad como explotadores de redes de comunicaciones electrónicas y prestadores de servicios?
  9. ¿Considera necesario que se modifique el Reglamento de Prestación de servicios en el sentido señalado en esta propuesta o en otro? ¿Por qué?

Actual regulación de las redes WI-FI

La Ley General de Telecomunicaciones define las comunicaciones electrónicas como “servicios de interés general que se prestan en régimen de libre competencia”, no como servicios públicos. Las AAPP deben inscribirse en el Registro de Operadores de la CMT previamente al inicio de la actividad. No es necesario notificar la actividad a la CMT en caso de dar servicios en régimen de autoprestación .

Las AAPP deben también separar las cuentas con arreglo a los principios de neutralidad, transparencia y no discriminación, además de no distorsionar con su actividad la libre competencia. De forma general, los servicios de telecomunicaciones se deben ofrecer a cambio de una contra-prestación económica y no se pueden neutralizar las pérdidas con fondos públicos.

Como recoge el actual Reglamento de Prestación de Servicios, las entidades locales pueden dar servicios gratuitos de modo transitorio y cumpliendo con las obligaciones especiales que fije la CMT.

Acceso a la consulta pública

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CMT, wifi

Hablamos de… Comercio Electrónico

Pedro | 21 junio 2009

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Otorgados los premios “Andalucía SI”

Pedro | 20 junio 2009

ASI pequeDurante las ”I Jornadas Técnicas sobre el Comercio Electrónico y nuevos cauces de la distribución comercial” organizadas por la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico, ANDCE, con el patrocinio de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, celebradas el 18 y 19 de junio de 2009, se hizo entrega de los Premios “Andalucía SI” que reconocen la labor de las mejores tiendas virtuales de Andalucía. Las empresas “Lugar del Vino“, “Narampalma” y “Grupo la Tienda” fueron las galardonadas con el primer, segundo y tercer Premio, respectivamente.

Los galardones fueron entregados por el Delegado de Turismo Comercio y Deporte, Francisco Obregón; el Director Comercial del Grupo Vocento en Andalucía, Javier Resa; y la Directora de Cibersur, Victoria Cabrera.

El día 15 de junio finalizó el periodo de votación por web al premio Andalucía SI a la mejor tienda virtual de Andalucía, emitiéndose 1.896 votos y quedando como finalistas las siguientes: Grupo la Tienda (http://www.grupolatienda.es), Interjamón (http://www.interjamon.com), NaranPalma (http://www.naranpalma.com), Portal Reclamos (http://www.portalreclamos.com), y Lugar del Vino (http://www.lugardelvino.com).

El día 16 de junio tuvieron lugar las votaciones por parte del Jurado, compuesto por 13 miembros de distintos ámbitos, emitiendo cada uno sus votaciones entre las 5 finalistas, teniendo que otorgar tres, dos y un punto según su criterio para la mejor tienda virtual.

El resultado final quedó de la siguiente forma:

  • 1er premio Lugar del vino con 24 votos: Entrega de premio, obsequio y los beneficios de un “Asociado Premium” de esta asociación por 12 meses.
  • 2º premio Naranplama con 15 votos: Entrega de premio, obsequio y los beneficios de un “Asociado Premium” de esta asociación por 6 meses.
  • 3er premio Grupo la Tienda con 12 votos: Entrega de premio, obsequio y los beneficios de un “Asociado Premium” de esta asociación por 3 meses.

En cuarto y quinto puesto quedaron Interjamón con 11 votos y Portal Reclamos con 10 votos.

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Éxito de las I Jornadas técnicas sobre el comercio electrónico y nuevos cauces de distribución comercial

Pedro | 19 junio 2009

logo ANDCE relieve (2)Durante la celebración de estas jornadas organizadas por la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico, ANDCE, con el patrocinio de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, se hizo entrega de los premios Andalucía SI que reconocen la labor de las mejores tiendas virtuales de Andalucía.

Hoy 19 de junio de 2009 ha tenido lugar la clausura oficial de las “I Jornadas Técnicas sobre el Comercio Electrónico y nuevos cauces de la distribución comercial” que, durante dos días, han acogido a un gran número de asistentes que tuvieron la oportunidad de conocer de primera mano el papel que juega en la actualidad el comercio electrónico, las oportunidades que ofrece y la proyección de futuro.

El evento, celebrado en el Club Antares de Sevilla, ha sido organizado por la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico, ANDCE, con el Patrocinio de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía y la colaboración de la Asociación de Jóvenes Empresarios de Sevilla, la Asociación de Abogados Especialistas en Nuevas Tecnologías de Andalucía (AENTA), el club Antares, la Cámara de Comercio de Sevilla, y Cibersur.

Las jornadas fueron inaguradas por el Delegado de Turismo Comercio y Deporte, Francisco Obregón; en presencia de Oscar González-Barba, Director General del club Antares; y han participado profesionales del sector como Luis María Franco, miembro de Barrabés Andalucía; Eduardo Liberos Hoppe, Director General de Mediara; Pedro Rodríguez López de Lemus, Presidente de la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico; Simón Egea, Socio de Naranjas de Palma; Bartolomé Borrego Zabala, Responsable de la División de Nuevas Tecnologías en la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla;  Eduardo Pascual Hernanz, Miembro del Grupo de Delitos Tecnológicos de la Jefatura Superior de la Policía de Andalucía Occidental; José Carlos Cutiño Riaño, Secretario de RR.II. y de Mercado Unión de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE; e Ignacio de San Juan Delgado, Director General de la Asociación Española de Derecho de la Propiedad Intelectual y Secretario de Arbitralia; que pusieron a disposición de los asistentes su experiencia y conocimiento sobre la materia.

El presente y futuro del comercio electrónico, la creación e implantación de una empresa en Internet, la firma electrónica y la seguridad y medios de pago on line, fueron algunos de los principales temas que se trataron durante el evento.

Premios Andalucía SI

Paralelamente, en el marco de las jornadas, se hizo entrega de los Premios Andalucía SI que reconocen la labor de las mejores tiendas virtuales de Andalucía. Las empresas “Lugar del Vino”, “Narampalma” y “Grupo la Tienda” fueron las galardonadas con el primer, segundo y tercer Premio, respectivamente.

Los galardones fueron entregados por el Delegado de Turismo Comercio y Deporte, Francisco Obregón; el Director Comercial del Grupo Vocento en Andalucía, Javier Resa; y la Directora de Cibersur, Victoria Cabrera.

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Comercio electrónico, Jornada
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Andalucía SI, mejor, premios, tienda virtual

I Jornadas técnicas sobre el Comercio Electrónico y nuevos cauces de distribución comercial

Pedro | 8 junio 2009

comunicacion1

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Comercio electrónico, Curso, Jornada
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jornadas, técnicas

Comercio Electrónico “sin papeles”

Pedro | 8 junio 2009

No ha pasado mucho tiempo desde que, casi a diario, nos decían desde los medios de comunicación que “había que estar en Internet”, que era algo imprescindible para los profesionales y las empresas, que si no se estaba interconectado por la red de redes era casi como no existir.

Hoy día no hace falta que nadie nos recuerde esto, ya sabemos que es imprescindible para nuestras vidas manejarnos por la Red, a no ser que queramos convertirnos en un Robinson Crusoe de la era digital. Usamos Internet para buscar información de todo tipo, comunicarnos con amigos y familiares, organizar nuestras vacaciones, conocer otras personas, manejar las cuentas del banco, desempeñar nuestras tareas profesionales, vender y comprar productos o servicios, emitir facturas, etcétera. En definitiva, lo usamos prácticamente para casi todo, y muy especialmente para hacer negocios, es decir para el comercio a través de la Red.

El comercio electrónico está llamado a ser un medio de compra-venta de servicios y productos que ninguna empresa podrá obviar, ya que las claras ventajas de éste unido al uso masivo de Internet por parten de todos, obligará a las empresas y profesionales a ofrecerse por este medio para subsistir.

Pero este uso masivo que actualmente se realiza de Internet no sólo trae beneficios, también genera nuevos riesgos y peligros. Ahora que todos estamos conectados, que hay tantas personas y empresas con las que nos podemos relacionar sin necesidad de conocerlas o verlas, tenemos un grave problema que a veces ignoramos. En realidad no sabemos con quien nos estamos relacionando o negociando, ya que Internet por sí misma, no nos aporta la mínima seguridad de que la persona o la empresa con la que nos comunicamos es quien dice ser.

Así, cuando recibimos un correo electrónico, confiamos, o mejor dicho creemos tener la seguridad de que nos lo ha enviado la persona cuyo nombre figura en el encabezado del mismo. Igualmente cuando visitamos una página web confiamos en que pertenece a la empresa que indica la misma. Esta confianza ciega nos puede llevar, y de hecho lleva a muchos, a resultados no deseados, ya que puede suceder que con quien nos estamos relacionando no sea la persona o empresa que dice ser. Hoy día, simplemente con los conocimientos informáticos que se imparten en los Colegios, es decir, sin ser un experto informático, cualquiera puede enviar un correo electrónico suplantando la personalidad de otro, o colgar una página web con un contenido y una dirección de Internet que nada tenga que ver con el verdadero propietario. Es por tanto muy fácil ser alguien distinto de quien se dice ser en Internet, ya que en principio no hay ningún “papel” que permita identificarnos e identificar a los demás de manera sencilla, con las graves consecuencias que esto supone para el tráfico comercial de las empresas a través de la Red.

Es por ello, que ha sido necesario encontrar una solución para operar con seguridad en Internet, y así permitir el desarrollo del comercio electrónico. Ésta son los certificados electrónicos, que pueden ser definidos como un identificador único dentro de la red que permite a su poseedor ser identificado como tal dentro de la misma con el fin de realizar un conjunto de acciones determinadas, como firmar un documento, entrar en lugares restringidos, identificarse ante una administración, etcétera. Estos certificados se han convertido en una herramienta imprescindible para garantizar la autenticidad del emisor, y la integridad de la información transmitida, por lo que se hace imprescindible certificar a las empresas, profesionales, instituciones, y administraciones.

Así, cuando una empresa o profesional se identifica dentro en la Red con un certificado electrónico, las otras partes con las que se relaciona tendrán la seguridad de que éste es realmente quien dice ser, pues existe una tercera parte de confianza, la entidad emisora del certificado, que da fe de que éste es realmente quien dice ser, ya que lo ha comprobado previamente.

Todo ello conseguirá que podamos identificarnos y generar confianza, y evitará que nos convirtamos en un sin “papeles” en Internet.

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